El 19 de diciembre entraba en vigor el Real Decreto de Medidas
urgentes para favorecer el Alquiler asequible
Para la APEI, las medidas adoptadas no favorecen ni la contención de los precios y ni una mayor oferta de alquiler
Logroño, 22 diciembre de 2018.- La Asociación Profesional de Expertos Inmobiliarios, organización sin ánimo de lucro que agrupa a 1.200 agencias inmobiliarias en activo en toda España, cuestiona la eficacia de la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos que entraba en vigor el pasado 19 de diciembre. El presidente de la APEI, el empresario riojano,Óscar Martínez, es contundente y afirma que “las medidas que se han aprobado ni facilitarán el aumento de la oferta de pisos de alquiler, ni favorecerán la contención de los precios”. Para el presidente “Lo único que puede hacer bajar los precios del Alquiler es el aumento de la oferta y que los pisos vacíos salgan al mercado. Por ello, medidas que limiten la protección al propietario frenan que se pongan pisos en alquiler”, asegura. Para la Asociación Profesional de Expertos Inmobiliarios, en la normativa “faltan estímulos económicos y fiscales trascendentes y una posición jurídica de equilibrio entre arrendador y arrendatario”.
El 19 de diciembre entraba en vigor el Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler que modifica, entre otras, la Ley de Arrendamientos Urbanos. Mientras que para el Gobierno el paquete de medidas adoptadas pretende favorecer el Alquiler asequible, para la Asociación Profesional de Expertos Inmobiliarios, el decreto no contribuye a estos fines. Su presidente, Óscar Martínez, es contundente y afirma “no favorecen una mayor oferta de pisos de alquiler, porque no se contemplan medidas efectivas de protección a los propietarios particulares de viviendas vacías, más bien lo contrario: va a haber menos arrendadores que pongan su vivienda en alquiler”. Para la Asociación de Expertos Inmobiliarios las medidas adoptadas “desequilibran la posición jurídica entre arrendador y arrendatario” y “los estímulos fiscales propuestos apenas tienen trascendencia y no aumentarán la salida de inmuebles al mercado del alquiler” Para el presidente de la APEI que la duración obligatoria mínima en el arrendamiento de vivienda pase de tres a cinco años, “puede favorecer a los particulares”, explica. “Sin embargo, la prolongación a 7 años cuando el arrendador es una persona jurídica, es un error. Va a frenar la salida de viviendas a alquiler. Incluso podríamos ver como estas sociedades o empresas optan más por la venta que por el alquiler”.
Otra de las medidas contrarias a la promoción del alquiler, según los Expertos Inmobiliarios, es la limitación de las garantías adicionales para los propietarios que alquilan. La nueva norma limita las garantías que debe presentar el inquilino a la fianza de un máximo de dos mensualidades. Hasta el momento, en determinadas situaciones económicas, el inquilino, a la firma de un nuevo contrato, podía presentar un aval o depósito bancario para acreditar su solvencia para el pago de las rentas. Para Óscar Martínez, “suprimir esta fianza adicional es un error porque permitía al propietario alquilar cuando el inquilino estaba afectado por situaciones transitorias que podían alterar unos ingresos regulares. Y también perjudica a los inquilinos pues pueden ver que sin estos avales complementarios no puedan acceder al alquiler”.Para los Expertos Inmobiliarios la norma “olvida que muchos de arrendadores son personas físicas que han adquirido la propiedad de su vivienda con muchos esfuerzos y que necesitan imperiosamente los ingresos provenientes del alquiler”.
Otro de los aspectos que para los Expertos pueden complicar la salida de pisos en Alquiler es la modificación que contempla la posibilidad de paralizar durante uno o dos meses los procedimientos de desahucio en caso de situaciones de vulnerabilidad del inquilino. Para los Expertos Inmobiliarios “esta decisión, absolutamente loable desde un punto de vista humano, implica hacer gravitar, sin embargo, las políticas sociales sobre la capacidad económica de los arrendadores. La Administración no ofrece salida ni bonificación alguna por la existencia de un retraso añadido en estos procedimientos. Debemos buscar también algún tipo de solución para aquellas personas o familias que viven en buena parte de lo que obtienen de un Alquiler y que observan cómo para desahuciar al inquilino impagador transcurre una enorme cantidad de tiempo durante el cual no perciben ingreso alguno, viéndose obligados además a abonar los gastos de abogado y procurador, entre otros”
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