El Decreto se aprobaba el 13 de febrero.Es un registro no
Febrero, 2018. La inscripción es este registros voluntaria y tendrá una vigencia de cinco años renovables por periodos de igual duración. La Comunidad de Madrid crea el Registro de Agentes Inmobiliarios ,RAIN, para proteger los derechos de los consumidores. Los profesionales que deseen inscribirse deberán acreditar su capacitación profesional y solvencia.
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobaba, el pasado 13 de febrero, el decreto de creación del Registro de Agentes Inmobiliarios de la Comunidad de Madrid.
Según el propio comunidado de prensa oficial emitido por la Comunidad de Madrid, la principal finalidad de este registro, que regula también los requisitos para la inscripción de los agentes inmobiliarios, es defender y proteger los derechos de los consumidores que contratan a estos profesionales. De este modo, se quiere favorecer la calidad y garantías en la prestación de un servicio que habitualmente supone grandes desembolsos económicos para los ciudadanos.
Requisitos para los Agentes para la Inscripción en el RAIN
La inscripción en el RAIN será de carácter voluntario y favorecerá la transparencia en el sector, ya que los consumidores podrán consultarlo a través de la Listado de agentes inmobiliarios de Madrid en el RAIN cuando quieran conocer a los profesionales que han acreditado las garantías para pertenecer a él.
Entre los requisitos que se exigen para inscribirse están:
- tener un establecimiento de este tipo abierto al público en la Comunidad de Madrid o bien prestar este servicio por vía electrónica o telemática,
- y acreditar la capacitación profesional para desarrollar esta actividad.
Se entenderá que el agente inmobiliario tiene esta capacitación profesional cuando cumpla alguno de estos tres supuestos:
- tener un título universitario de Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería o Arquitectura,
- haber completado una formación no universitaria de al menos 200 horas lectivas en materia inmobiliaria o acreditar experiencia como agente inmobiliario durante al menos los cuatro años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
Otras garantías:
- También se exigirá una garantía por importe mínimo de 60.000 euros por establecimiento abierto al público y año de cobertura, y un seguro de responsabilidad civil profesional vigente con un capital mínimo asegurado de 100.000 euros por siniestro y 600.000 euros por año.
Jurídico
NOTICIAS RECIENTES
CATEGORÍAS
√ test √ Regulación mediación inmobiliaria √ Alquiler residencial √ Jurídico √ Agencia Inmobiliaria √ Asociación Profesional Expertos Inmobiliarios √ COVID-19 √ Certificado eficiencia energética √ Alquiler √ BolsadeInmuebles